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Renovación de carnet

La legislación española obliga a renovar el carnet de conducir en cuanto ha finalizado su periodo de vigencia.

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¿Qué tengo que hacer?

Solo tienes que acercarte a nuestro centro con tu dni/nie y tu carnet de conducir o app MiDGT. Te realizaremos la exploración sin esperas y atendido por nuestros profesionales.

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Tarifas

  • Renovación del carnet de conducir
    39,99 €* (sin reserva web 47,32 €)
  • Renovación profesionales (C, D...)
    39,99 €* (sin reserva web 47,32 €)
  • Canje del carnet de conducir
    39,99 € (sin reserva web 45,80 €)

Tasas de Tráfico

  • General:
    24,58 €
  • Plazos inferiores al establecido por edad debido a razones médicas:
    • Hasta 4 años: 19,67 €
    • Hasta 3 años: 14,75 €
    • Hasta 2 años: 9,83 €
    • 1 año o menos: 4,92 €
  • Mayores de 70 años:
    55 € sin tasas
Obtener más información

*Tasas no incluidas en el precio de la renovación del carnet. Parking gratuito para nuestros clientes (consultar condiciones)

A tener en cuenta

  • Puedes tramitar la renovación de tu carnet de conducir hasta 3 meses antes de su caducidad, sin perder fecha de vigéncia.
  • No necesitas traer fotografía
  • Nosotros nos encargamos de toda la tramitación para renovar tu carnet de conducir. Ya no es necesario que vayas a tráfico.
  • Sales con un provisional, válido durante 180 días, y en unos días recibes el carnet en tu domicilio.
  • Sin cita previa.
  • Parking gratuito (consultar condiciones).

*Según la reglamentación los ciudadanos extranjeros residentes en España pertenecientes de algún país de la UE deben renovar su permiso de conducir desde Enero de 2015.

Carnets profesionales

Permiso C1-C camión
Permiso C1

Para automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg y no sobrepase los 7500 kg.

Permiso D1-D autobús
Permiso D1-D

Vehículos acoplados y camiones con diferentes restricciones de masa máxima autorizada.

Permiso C1-C-D1-D+E tráiler
Permiso C1+E, C, C+E

Distintos tipos de autobuses y conjuntos de vehículos acoplados con restricciones específicas.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo debo renovar el carnet de conducir?

La legislación española obliga a renovar el carnet de conducir una vez finalizado su periodo de vigencia.

Cada Permiso de Conducción tiene un período de vigencia (ver periodo de vigencia).

La vigencia de los permisos está condicionada a que el titular no haya perdido totalmente sus puntos y a que mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.

Igualmente el período de vigencia de las diversas clases de permiso podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide conducir, es susceptible de agravarse.

Causas que impiden la renovación:

a) La privación por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor.

b) La intervención, medida cautelar o suspensión del permiso o licencia, tanto se hayan acordado en vía judicial o administrativa.

¿Cuál es el periodo de vigencia?

El permiso de la clase B tiene un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años. A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años.

Los permisos de las clases profesionales, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E:

*Cinco años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad.

*A partir de los 65 años el período de vigencia será de tres años.

¿Cuándo puedo realizar mi renovación del carnet de conducir?

La solicitud de prórroga del permiso o licencia puede presentarse tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia.

Adelantar la presentación de la solicitud no supone, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar pierde vigencia.

¿Cuánto cuesta renovar mi carnet de conducir?

El precio de la renovación del carnet de conducir resulta de sumar:

(1) las tasas de renovación, fijadas por la DGT y actualizadas cada año, y

(2) los honorarios del reconocimiento psicofísico. El coste básico es de 47,32€ pero si se reserva por nuestra web se reduce a 39,99€

Para una persona de 70 o más años, la renovación tiene un coste fijo de 55€.

¿Puedo renovar mi carnet si ya ha caducado? ¿Y si hace muchos años?

El titular de un permiso de conducir caducado no lo pierde, sin importar cuánto tiempo haya transcurrido. Podrá obtener la prórroga sin problemas ni costes añadidos (en algunos casos de licencias de ciclomotor muy antiguas puede ser necesario tramitar su regularización por la DGT)

Tengo problemas de visión y/o una enfermedad crónica, ¿puedo renovar mi permiso de conducir?

Si necesitas gafas de visión lejana deberás traerlas para el reconocimiento. Si tienes alguna enfermedad crónica u otros problemas de salud (infartos, ictus, etc), puede ser necesario que aportes un informe médico para poder valorar las posibles restricciones o adaptaciones de tu permiso de conducir.

Ciudadanos comunitarios

Según reglamentación de 2014, y en consonancia con las directrices europeas, es necesario que todas aquellas personas con permiso de conducción comunitario y residentes en España renueven su permiso de conducción en  España en los siguientes casos:

a) Los titulares de los permisos de conducción comunitarios que hayan caducado o próximos a caducar.

b) Los titulares de los permisos de conducción comunitarios indefinidos o con un plazo de vigencia superior a 15 años para permisos del Grupo 1 (AM, A1, A2, A, B y BE) o un plazo superior a 5 años para permisos del Grupo 2  (profesionales, C1, C1E, C, CE, D1, D1E, D, DE) siempre y cuando tengan la residencia legal en España transcurridos dos años desde el 19 de enero de 2013, o anterior.