La tenencia de cualquier animal clasificado como potencialmente peligroso requerirá la previa obtención de una licencia administrativa, para la que se solicitará el correspondiente certificado médico.
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Según la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos tienen la calificación de perros potencialmente peligrosos: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y sus cruces.
La tenencia de cualquier animal clasificado como potencialmente peligroso requerirá la previa obtención de una licencia administrativa, para la que se solicitará el correspondiente certificado médico.
Esta licencia será otorgada por el Ayuntamiento del municipio de residencia del solicitante, o, con previa constancia en este Ayuntamiento, por el Ayuntamiento en el que se realiza la actividad de comercio o adiestramiento, una vez verificado el cumplimiento de, al menos, los siguientes requisitos: